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¿Qué necesitas?

Vida Integral Colectivo

Con nuestra póliza Vida Colectiva, garantizamos a los beneficiarios de tus empleados, el pago de la suma asegurada contratada en caso de fallecimiento, por muerte natural, del empleado asegurado

¿Cómo puedo protegerme?

Reconocemos que el capital humano constituye el recurso más valioso de tu empresa, por eso tenemos a tu disposición un producto que le garantiza a los beneficiarios de tus trabajadores el pago de la suma asegurada contratada, en caso de fallecimiento del asegurado, por muerte natural y/o accidental.

Esta póliza cuenta con las siguientes coberturas:

  • Adelanto para gastos funerarios: En caso del fallecimiento del asegurado, se concederá al beneficiario un adelanto de la suma asegurada de la cobertura de Muerte por cualquier causa, para cubrir los gastos funerarios. Esta cobertura se otorga sin costo alguno.

  • Adelanto por enfermedad terminal: En caso de que el asegurado desarrolle una enfermedad terminal, se le otorgará un adelanto de hasta 35% de la suma asegurada de la cobertura de Muerte por cualquier causa.

  • Muerte o desmembramiento por causa accidental: Si como consecuencia de un accidente, el asegurado falleciera o sufriera la pérdida de alguno de sus miembros dentro de los noventa (90) días siguientes al suceso, la compañía pagará la indemnización correspondiente de acuerdo con los porcentajes establecidos en las condiciones particulares de la póliza.

  • Muerte por accidente específico: Esta cobertura garantiza el pago de una suma asegurada adicional, si el trabajador fallece como consecuencia de un accidente mientras viaje como pasajero de un transporte, se encuentre dentro de un ascensor o durante un incendio en edificaciones públicas.

  • Incapacidad total y permanente: Si el asegurado quedara incapacitado total y permanentemente, antes de cumplir los 65 años, luego de seis meses de la declaración médica de incapacidad, recibirá una renta anual equivalente a la cuarta parte de la suma asegurada, con un máximo de cuatro pagos anuales.

  • Beneficio por Fallecimiento de Familiares del Asegurado: En caso de fallecimiento del cónyuge (menor de 65 años), hijos (menores de 23 años) o padres (menores de 65 años), se le otorgará al colaborador asegurado la suma asegurada contratada para este beneficio.

  • Gastos médicos por accidente: Reembolso contra presentación de facturas por los gastos médicos razonables en que incurra el asegurado, para tratar las lesiones ocurridas como consecuencia de un accidente.

● Pacto social
● Estados financieros auditados (dos últimos años) y/o declaraciones de renta
● Reseña de trabajos ejecutados y/o en ejecución con sus montos y fechas de culminación, y/o avances (%) de ejecución de ser el caso.
● Referencias bancarias
● Copia del contrato
● Copia de la cédula del representante legal y secretario de la empresa

● Solicitud de fianza
● Formulario de sujetos regulados

  • Razón social del solicitante.
  • Tipo de persona (natural o jurídica).
  • Actividad general.
  • Actividades del grupo a asegurar.
  • Número de titulares por actividad y total de asegurados.
Llenar documentos del Seguro: ¡No te preocupes! Los siguientes documentos te los entregará tu Asesor de Seguros.
  • Descuento directo (En caso de que prefieras pagar de este modo y olvidarte de los días de pago)
  • Solicitud de seguro
Haz entrega de los requisitos en la sucursal más cercana de Banesco Seguros o contacta a tu Asesor de Seguros.

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